Evolución Total de Pensionistas
Fuente: SBS
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Pensión de Jubilación: Se otorga desde el momento en que el afiliado alcanza los 65 años de edad o antes si es que el afiliado cumple con los requisitos y condiciones establecidos para acceder a alguno de los regímenes de jubilación anticipada.
Pensión de Invalidez: Se otorga con carácter transitorio o definitivo a aquellos afiliados que, sin haber optado aún por el goce de una pensión de jubilación, presentan una pérdida mayor o igual al 50% de su capacidad de trabajo.
Pensión de Sobrevivencia: Se otorga a los beneficiarios de un afiliado activo o pasivo luego del fallecimiento de éste.
Contenido del documento:
- Pestaña 1: Número de Pensionistas Actuales: Jubilación, Invalidez y Sobrevivencia
- Pestaña 2: Nuevos pensionistas por modalidad de jubilación